Procedimiento de Recurso de Revisión
¿Qué es un recurso de revisión?
Es un medio de defensa de que disponen los solicitantes cuando después de haber presentado su solicitud de información consideren que no fue atendida debidamente por el sujeto obligado.
¿En dónde y en qué plazo se puede presentar el recurso de revisión?
El recurso de revisión debe presentarse por escrito ante la Unidad de Transparencia del sujeto obligado, o ante el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, por escrito y por duplicado o vía electrónica a través del Sistema Infomex Jalisco o a la Plataforma Nacional de Transparencia, si la solicitud de información fue presentada por estas vías, dentro de los quince días hábiles siguientes, según el caso, contados a partir de la notificación de la respuesta impugnada, el acceso o la entrega de la información, o el término para notificar la respuesta de una solicitud de información, o para permitir el acceso o entregar la información, sin que se haya realizado.
¿Cuánto tiempo tarda el ITEI en resolver un recurso de revisión?
El Instituto debe resolver el recurso de revisión dentro de los diez días hábiles siguientes al vencimiento del término para que el sujeto obligado presente su informe inicial.
El recurso de revisión se debe presentar por escrito, por duplicado y dentro de los diez días hábiles siguientes, según el caso, contados a partir de:
I. La notificación de la resolución impugnada;
II. El acceso o la entrega de la información, o
III. El término para notificar la resolución de una solicitud de información, o para permitir el acceso o entregar la información, sin que se hayan realizado.

